La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó este viernes el fallo de la jueza Laura De Marinis que había declarado inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil. La decisión se produjo a partir de la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal y dejó sin efecto el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo agravado.
De Marinis había dictado su resolución el lunes, cuando declaró inconstitucional para ese caso el artículo 1 de la Ley 27.801, que establece el nuevo régimen aplicable a adolescentes desde los 14 años. La magistrada había considerado que correspondía mantener el límite de punibilidad de 16 años previsto por el régimen anterior y, por ese motivo, había dispuesto el sobreseimiento del joven.
La Fiscalía apeló la decisión y solicitó que se revisaran tanto la declaración de inconstitucionalidad como el sobreseimiento. Los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca hicieron lugar al recurso y dejaron sin efecto el pronunciamiento de primera instancia. La resolución también dispuso que De Marinis sea apartada del expediente y que se realice un nuevo sorteo para designar al magistrado que continuará interviniendo en la causa.
El adolescente había sido imputado junto con otras tres personas por una tentativa de robo ocurrida el 10 de septiembre. Según los antecedentes del expediente, fue el único de los cuatro involucrados que había recibido el sobreseimiento a partir del fallo de De Marinis. Con la decisión de la Cámara, la investigación podrá continuar bajo las disposiciones del nuevo Régimen Penal Juvenil.
La resolución de la Cámara se conoce además después de que el ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Tapia, presentará una denuncia ante el Consejo de la Magistratura porteño para que se investigara el desempeño de De Marinis. Ese procedimiento es independiente de la revisión judicial del fallo y deberá determinar si corresponde avanzar con una investigación disciplinaria.
La revocación no implica una declaración de culpabilidad sobre el adolescente ni determina qué medida deberá aplicarse en el futuro. La causa deberá continuar en las instancias correspondientes y bajo las garantías previstas para los procesos penales juveniles. De esta manera, la Cámara dejó sin efecto la decisión que había cuestionado la aplicación del nuevo régimen en este expediente concreto.











