La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) estableció los nuevos montos, rangos y topes de ingresos que regirán para las asignaciones familiares durante octubre de 2026. La actualización contempla un incremento del 1,66% tanto en los valores de las prestaciones como en los límites de ingresos para acceder a los beneficios. La medida fue formalizada mediante la Resolución 283/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Con la actualización, los trabajadores registrados, monotributistas y jubilados que tengan hijos menores de 18 años a cargo podrán acceder a la Asignación Familiar por Hijo, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. El ingreso individual de cada integrante del grupo familiar no deberá superar los $3.209.863, mientras que el ingreso total del hogar tendrá como límite $6.419.726.

Para los trabajadores en relación de dependencia, el monto por hijo dependerá del ingreso familiar. Quienes tengan ingresos de hasta $1.212.301 recibirán $78.304 por hijo. Para los grupos familiares con ingresos de entre $1.212.301,01 y $1.777.957, el beneficio será de $52.821, mientras que quienes se ubiquen entre $1.777.957,01 y $2.052.708 cobrarán $31.949. En el rango más alto, de hasta $6.419.726, el monto será de $16.487 por hijo.

Los mismos valores y límites establecidos para la Asignación Familiar por Hijo se aplicarán a la Asignación Familiar Prenatal. En el caso de los trabajadores monotributistas, los montos dependerán de la categoría: serán de $77.025 para las categorías A, $51.958 para la B, $31.427 para la C y $16.217 para las categorías D, E, F, G y H.

La actualización también alcanza a las asignaciones de pago único. Para octubre, el beneficio por Nacimiento será de $91.273, el correspondiente a Adopción llegará a $545.685 y el de Matrimonio será de $136.662. En estos casos, el tope de ingresos familiares brutos será de $6.419.726. La Ayuda Escolar Anual quedará en $55.672 y no tendrá tope de ingreso familiar.

El nuevo esquema comenzará a regir para las asignaciones que se perciban o cuyos hechos generadores se produzcan a partir de octubre. La actualización mensual responde a la fórmula de movilidad previsional, que utiliza el último dato de inflación disponible para establecer los nuevos montos y límites. Además, la resolución establece que si los cálculos arrojan valores con decimales, deberán redondearse al número entero siguiente.