El Gobierno nacional oficializó este martes los cambios en el Régimen de Zona Fría, que establece descuentos en las tarifas de gas para usuarios residenciales de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 en el Boletín Oficial, luego de su aprobación en el Congreso el 24 de septiembre. La nueva normativa modifica las condiciones de acceso al beneficio y elimina el descuento automático para buena parte de las localidades que habían sido incorporadas al sistema en 2021.
Con la reforma, vivir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para recibir la bonificación adicional. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas contempladas y cumplir al menos uno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley. De esta manera, el acceso al descuento quedará sujeto tanto a la ubicación de la vivienda como a la situación de sus integrantes.
Entre los requisitos se encuentran que los ingresos netos del hogar no superen el equivalente a tres Canastas Básicas Totales para una familia tipo de cuatro integrantes, según los valores publicados por el INDEC. También podrán acceder los hogares que cuenten con al menos un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares, una persona que perciba la pensión vitalicia para veteranos de la Guerra de Malvinas o alguien con Certificado Único de Discapacidad (CUD). En este último caso, la autoridad de aplicación deberá evaluar la necesidad de asistencia económica para afrontar los servicios energéticos.
La legislación mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen. En cambio, los usuarios de otras zonas incorporadas mediante la ampliación de 2021 deberán cumplir las nuevas condiciones para conservar una bonificación adicional. El cambio alcanza a distintas localidades de provincias como Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Mendoza y otras jurisdicciones incluidas en el esquema anterior.
Otro punto central es que el descuento adicional se aplicará sobre los llamados consumos base reconocidos por el régimen de subsidios, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en cada vivienda. La ley no fija un porcentaje específico para esta bonificación ni determina cuánto podrían aumentar las facturas de quienes dejen de recibir el descuento anterior. Tampoco establece una cifra definitiva de usuarios que conservarán la asistencia bajo los nuevos criterios.
La reforma también establece que el Régimen de Zona Fría continuará vigente hasta el 31 de diciembre de 2031. Además, mantiene el financiamiento mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas por la normativa. Con los cambios ya oficializados, el acceso a los descuentos dependerá de las condiciones fijadas para cada región y de los requisitos que cumpla cada hogar.











