El juez Marcelo Rubio lo halló culpable de homicidio simple y abuso sexual con acceso carnal. Su hermano Ramiro López fue absuelto y recuperó la libertad. Además, ordenaron investigar a tres mujeres por posible falso testimonio.

La Justicia de Salta condenó a Federico Javier López a 18 años de prisión efectiva por los delitos de homicidio simple y abuso sexual con acceso carnal en dos hechos, en concurso real, en perjuicio de María José Cabrera.

La sentencia fue dictada por el juez Marcelo Rubio, tras el juicio oral por los hechos ocurridos en diciembre de 2023 en Campo Quijano. La víctima fue atropellada y falleció días después a raíz de las graves lesiones sufridas.

Absuelven al hermano del condenado

En la misma resolución, el magistrado absolvió de forma lisa y llana a Ramiro Nicolás López, quien había llegado a juicio acusado como partícipe secundario de homicidio calificado por alevosía.

Tras conocerse el fallo, el juez ordenó su inmediata libertad al considerar que no existían elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal en el hecho.

La fiscalía había pedido prisión perpetua

Durante los alegatos, la fiscal de la Unidad de Femicidios, María Luján Sodero Calvet, solicitó la prisión perpetua para Federico López al sostener que el crimen había sido cometido con alevosía.

Además, pidió una condena de diez años de prisión para Ramiro López por considerar que colaboró en el accionar de su hermano y facilitó la maniobra que terminó con la muerte de la víctima.

Sin embargo, el juez descartó el agravante de alevosía, calificó el hecho como homicidio simple y absolvió al segundo imputado.

Ordenan investigar a tres mujeres

Uno de los puntos destacados de la sentencia fue la decisión de remitir copias de las actuaciones al Ministerio Público Fiscal para que se investigue la conducta de tres mujeres que integraban el entorno cercano de los acusados y que viajaban en los vehículos involucrados durante el episodio.

La medida apunta a determinar si incurrieron en el delito de falso testimonio y si existió alguna conducta omisiva frente a la situación que atravesaba la víctima.

Los argumentos de la acusación

Durante el debate, la fiscal Sodero Calvet sostuvo que el accionar de Federico López evidenció una clara intención homicida y remarcó que el consumo de alcohol no constituía un eximente de responsabilidad penal.

También solicitó que el condenado continúe detenido hasta que la sentencia quede firme y requirió la extracción de material genético para su incorporación a los registros correspondientes.

La querella estuvo representada por Diego Torres, mientras que la defensa de los acusados fue ejercida por Pedro Curotto y María de la Paz Saravia.