Cómo afecta el nuevo Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia.
El Gobierno Nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), reglamenta las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia.
La norma prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos de julio en adelante, es decir que los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva.
Esta actualización adecúa la normativa de la AFIP a la reciente Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes que fue también aprobada en el Congreso.
Con ella, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante quedarán sujetos a la nueva Resolución General.
En cuanto al Sueldo Anual Complementario (SAC) los agentes de retención disponen de dos posibilidades:
- Sumar los importes realmente abonados en los meses de pago del SAC.
- Computar 12º partes mensuales y luego ajustar en la liquidación anual o final.
Asimismo, la norma de AFIP estipula que a partir de julio el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma:
- Para los ingresos devengados desde el 1° de julio y percibidos hasta el 31 de agosto de 2024, se utilizarán los montos originales establecidos por la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
- En tanto, en septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto. El coeficiente de actualización se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.
Las presentaciones del F.1357 realizadas con la versión 9.5 se considerarán validas a todos sus efectos. En el caso que deba presentarse un F.1357 rectificativo deberá realizarlo con la versión 9.0 que es la vigente.
Importante: Ya se encuentra disponible el servicio con clave fiscal «SiRADIG-TRABAJADOR».
Declaración jurada informativa
Continuando con la política de simplificación mantenida por la AFIP a partir del 2024, se elimina la obligación de presentar la declaración jurada informativa del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023.